Con fecha 24 de marzo del año 2010 se publicó en el diario oficial “El Peruano” el reglamento de la Ley 29338, ley de recursos hídricos, firmada por el Presidente García, por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura.
En los considerandos del reglamento se explica que esta ley fue dictada con la finalidad de “regular el uso y la gestión integrada del agua, la actuación del estado y los particulares en dicha gestión, así como los bienes asociados a ésta, promoviendo la gestión integrada de los recursos hídricos con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en la gestión de cuencas hidrográficas y acuíferos. para la conservación e incremento de la disponibilidad, así como para asegurar la protección de su calidad, fomentando una nueva cultura del agua”
El reglamento, consta de 12 titulos, 287 articulos, 9 disposiciones complementarias y 10 disposiciones transitorias. A lo largo de todo el articulado, hay muchos temas que discutir y poner en consideración a toda la población de este departamento, pues como bien se dice en uno de los artículos del reglamento en cuestión “El agua es un recurso natural, renovable, vulnerable indispensable para la vida, insumo fundamental para las actividades humanas, es estratégica para el desarrollo sostenible del país, el mantenimiento de los sistemas y ciclos naturales que la sustentan y la seguridad de la nación”
Volviendo a nuestro departamento y al reglamento de la ley de aguas, hay varias preguntas que hacer después de leído el articulado, y aquí las dejo para que podamos todos los usuarios del agua en esta región conocer el tema, hacer valer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones cuando se trate, por ejemplo, de formar parte de los Consejos de Recursos Hídricos:
¿Cómo se van a determinar los parámetros de eficiencia en el uso del agua?
¿Con qué instrumentos se cuentan para determinar esa eficiencia?
¿Existe en la región la información suficiente sobre los requerimientos y las necesidades hídricas de los cultivos?
¿Cuándo se han actualizado los módulos de riego para cada cultivo?
¿Existe en la región instrumentos de medición confiables que permitan saber la cantidad de agua tomada por cada agricultor?
¿Saben los agricultores qué porcentaje del agua fue a la raíz de la planta? O cuánto se evaporó en el suelo o en el aire?, o cuánta agua se percoló y no llegó a la raíz?
¿Cómo funciona el silencio administrativo cuando se trata de pedir nuevas licencias de agua?
¿Quiénes van a determinar la suficiencia del recurso cuando un nuevo usuario pide una nueva licencia de agua?
¿Cómo vamos a determinar el caudal ecológico para cada rio?
¿Cuántos lisímetros están funcionando en la región?
Las preguntas anteriores nos llevan a mirar la eficiencia en el uso y por eso la última pregunta habla del lisímetro, instrumento necesario para las mediciones. En la próxima semana abordaremos el tema de las tarifas.




